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La Dirección General de Impuestos Internos pone a disposición de todos los sujetos pasivos que celebren operaciones o transacciones con sujetos relacionados, así como con sujetos domiciliados, constituidos o ubicados en países, estados o territorios con regímenes fiscales preferentes, de baja o nula tribulación o paraísos fiscales; a efectos de facilitar la determinación de Precios de Transferencia establecida en el Artículo 62-A del Código Tributario, así como la aplicación de otras disposiciones pertinentes; misma que sustituye a la Guía de Orientación DG-001/2012 emitida el 21 de marzo de 2012.

La Guía de Orientación DG-001/2018

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